DAVID BERNARDO LÓPEZ LLUCH

Gregory King fue un economista empírico y estadístico inglés (1648 – 1712), al cual se asocia la ley que lleva su nombre, incorporada en su obra Natural and Political Observations and Conclusions upon the State and Condition of England in 1696 (secc. VII).

 

Esta ley expresa un fenómeno más que conocido: el aumento en la producción agrícola tiene como consecuencia –en un mercado libre– disminuciones más que proporcionales en el precio.

 

Si se aspira a elevar la renta de los agricultores, la limitación en los rendimientos por hectárea impone una población activa rural cada vez menor

 

Parece ser que la ley de King fue notablemente perfeccionada por su amigo Davenant como ahora veremos. Davenant lo incorporó parcialmente a su Essay upon the probable methods of making a people gainers in the balance of trade (1699), pero la totalidad del texto no fue conocida hasta 1804, cuando lo publicó George Chalmers, junto con una biografía del autor. Ésta es la razón por la que también es conocida como Ley de King-Davenant.

 

La ley de King está relacionada con la Ley de Engel que abordaremos otro día. Al estar limitada la demanda, un aumento fuerte de la oferta no puede ser absorbido, y por ello, si no se estabilizan los stocks (lo cual es difícil para muchos productos por su carácter fuertemente perecedero) o si no se exportan, los precios tienden a caer.

 

La ley muestra una estrecha relación entre cosechas y precio real de las mismas.  Así, una mayor escasez de éstas conduce a incrementos más que proporcionales de los precios debido a la rigidez de la demanda.  Sin embargo, la oferta demuestra estar sujeta a mayor variabilidad dependiendo de las condiciones climáticas.

 

En 1699, Charles Davenant escribía en  Essay upon the probable methods of making a people gainers in the ballance of trade:

 

Estimamos que un déficit en la cosecha de trigo hará subir los precios por encima del precio normal, en la proporción aquí establecida: cuando la cosecha de trigo tenga un déficit de 1/10, 2/10, 3/10, 4/10 y 5/10, el precio del trigo subirá respectivamente 3/10, 8/10, 28/10 y 45/10.

 

Es decir, si se da una reducción porcentual en la cosecha de trigo del 10, 20, 30, 40 y 50 %, el aumento porcentual que registra el precio del trigo  será del 30, 80, 160, 280 y 450 %.

 

De ahí, se deriva una elasticidad demanda – precio[1] [(1)/(2)] de 0,33; 0,25: 0,19; 0,14; y 0,11 inferior a la unidad (inelasticidad).  Es decir, ya en el siglo XVII se sabía de la sensibilidad de los precios agrarios ante pequeñas variaciones sean en la oferta o en la demanda; pero seguimos sin creerlo, imaginando una proporcionalidad entre subidas y bajadas que ¡no existe!

 

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Figura 1. Ley de King

Fuente: http://www.joaquinolona.com

 

La Ley de King es relativamente poco conocida en España. Por el contrario, en las recientes obras de economistas agrarios extranjeros esta Ley es traída frecuentemente a colación para explicar diversos fenómenos económicos.

Esta Ley puede servir de base para una teoría explicativa de los ingresos agrícolas. Esta Ley es uno de los motivos clásicos para aceptar, aún en las posturas más liberales, ciertas regulaciones en los mercados, ya que pequeños desabastecimientos puntuales pueden originar grandes sobreprecios con efectos muy nocivos sobre la población.

Sin embargo, es  igual de interesante el efecto contrario, cuando pequeños excesos de oferta hunden drásticamente los precios.

 

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Figura 2. Diferencia en el impacto en los precios según el tipo de demanda.

Fuente: http://www.joaquinolona.com

[1] Mide lo que cambia la cantidad de producto que están dispuestos a comprar los consumidores al cambiar el precio al que puede obtenerse. Los productos agrícolas destacan por el bajo valor de esta magnitud (demanda inelástica) lo que tiene importantes consecuencias económicas y políticas.